Prostitución: ¿abolir o regular? Lo importante no es cuántas mujeres ejercen, sino en qué condiciones lo hacen

El debate sobre la prostitución suele plantearse como un enfrentamiento entre quienes quieren abolirla y quienes defienden su regulación. Sin embargo, creo que existe una pregunta mucho más importante y, sobre todo, mucho más práctica: ¿qué modelo legislativo garantiza mejores condiciones de seguridad, salud, protección laboral y dignidad a las personas que continúan ejerciendo la prostitución?
Porque existe una realidad que ninguna legislación abolicionista ha conseguido eliminar: la prostitución sigue existiendo incluso donde se penaliza a los clientes. Por tanto, si la actividad continúa desarrollándose, la cuestión decisiva no debería ser únicamente cuánto se consigue reducir su volumen, sino qué ocurre con las personas que permanecen en ella. Y sobre esto sí existen investigaciones empíricas cuyos resultados merecen ser examinados.
1. El abolicionismo puede reducir el mercado, pero ¿qué ocurre con quienes continúan ejerciendo?
Noruega penalizó la compra de servicios sexuales en 2009. Una evaluación encargada por su Gobierno en 2014 estimó que la prostitución se había reducido aproximadamente entre un 20 % y un 25 % respecto a 2008. Pero reducir el número de personas que ejercen no significa necesariamente mejorar las condiciones de las restantes.
El centro noruego Pro Sentret investigó las experiencias de violencia de mujeres que ejercían la prostitución en Oslo. En sus encuestas, el porcentaje que declaró haber sufrido violencia pasó del 52 % en 2008 al 59 % en 2012. Las muestras eran diferentes y no permiten atribuir causalmente el aumento a la legislación. Sin embargo, el estudio recogió testimonios de mujeres que describían mayores dificultades para seleccionar clientes y negociar las condiciones de los encuentros.
Es una distinción fundamental: una ley puede reducir el tamaño del mercado sin conseguir que quienes siguen ejerciendo estén más seguros. Y si la seguridad y la dignidad de esas personas son nuestra prioridad, la reducción numérica no basta para considerar exitosa una política.
2. Francia: el deterioro de las condiciones tras penalizar a los clientes
Francia aprobó en 2016 una ley de orientación abolicionista que penaliza la compra de servicios sexuales.
En 2018, una investigación coordinada por Médicos del Mundo, basada en 583 encuestas y numerosas entrevistas, examinó sus consecuencias sobre las personas que continuaban ejerciendo.
Los resultados fueron especialmente preocupantes:
El 78 % declaró haber sufrido una reducción de ingresos.
El 63 % manifestó un deterioro de sus condiciones de vida.
El 42,3 % percibió un aumento de la violencia en el ejercicio de la actividad.
El 38 % declaró mayores dificultades para negociar el uso del preservativo.
No se trata de porcentajes nacionales de incidencia ni de un experimento controlado, sino de los cambios experimentados y declarados por las personas encuestadas. Pero describen un problema muy concreto. Cuando se penaliza a los clientes, parte de la actividad puede desplazarse hacia espacios menos visibles. La necesidad de evitar controles y sanciones puede dificultar las negociaciones, reducir la capacidad de seleccionar clientes y hacer que determinadas mujeres acepten condiciones que antes habrían rechazado.
Este es uno de los efectos más preocupantes que documenta la investigación francesa: una legislación presentada como protectora puede terminar agravando la vulnerabilidad de quienes continúan ejerciendo.
3. Alemania: una evaluación científica documenta mejoras laborales efectivas
Alemania siguió una orientación diferente. En 2002 reconoció derechos contractuales relacionados con el ejercicio de la prostitución y, en 2017, aprobó una legislación más exigente sobre registros, autorizaciones empresariales, asesoramiento sanitario y supervisión administrativa.
En 2025 se publicó una extensa evaluación independiente realizada por el Instituto de Investigación Criminológica de Baja Sajonia (KFN), por encargo del Gobierno federal. La investigación contó con la participación de más de 2.300 personas que ejercían prostitución, además de profesionales, administraciones y responsables de establecimientos. Sus conclusiones resultan particularmente relevantes.
Los investigadores encontraron que la legislación había conseguido:
Mejorar el conocimiento de los derechos de quienes ejercían.
Facilitar información sobre riesgos sanitarios y recursos de asistencia.
Mejorar las condiciones laborales en establecimientos autorizados.
Ampliar las posibilidades de inspección y supervisión pública.
Introducir mecanismos administrativos de protección frente a determinadas prácticas abusivas.
La evaluación identificó también problemas, especialmente el temor a registrarse por motivos de confidencialidad y la existencia de personas que continuaban trabajando fuera del sistema autorizado. Sin embargo, su conclusión general fue que la ley había conseguido avances considerables en sus objetivos de protección, aunque necesitaba modificaciones. Es importante destacar que no estamos hablando simplemente de reconocer derechos en una ley, sino de mejoras observadas en su aplicación práctica.
Y existe una diferencia esencial respecto al abolicionismo: Alemania admite relaciones laborales jurídicamente reconocidas, con posibilidad de acceder a la protección social vinculada al empleo. Eso permite abordar la prostitución desde instrumentos conocidos del derecho laboral: contratos, obligaciones empresariales, supervisión administrativa y garantías sociales.
4. Países Bajos: derechos laborales, supervisión y satisfacción con el trabajo
Los Países Bajos levantaron en 2000 la prohibición general de los burdeles y establecieron un sistema de establecimientos autorizados bajo supervisión municipal.
Una investigación realizada por Regioplan para el centro científico del Ministerio de Justicia neerlandés (WODC), publicada en 2014, examinó las experiencias de 364 personas que ejercían prostitución. Sus resultados mostraron que aproximadamente:
Tres de cada cuatro personas entrevistadas estaban satisfechas con el desarrollo de su trabajo.
Alrededor de la mitad manifestaban satisfacción con sus ingresos.
La investigación también analizó las relaciones con los establecimientos, las condiciones de trabajo, el acceso a servicios sanitarios y las posibilidades de autonomía. Encontró problemas reales, como limitaciones para negociar tarifas u horarios entre algunas personas que figuraban formalmente como autónomas. Precisamente ahí reside una de las enseñanzas del modelo neerlandés: la regulación no debe limitarse a autorizar establecimientos, sino garantizar que los derechos laborales sean efectivos.
Una investigación posterior, publicada por las autoridades neerlandesas en 2018, constató que persistían experiencias elevadas de violencia y discriminación. Por tanto, la regulación no había eliminado todos los riesgos. Pero había establecido un marco legal en el que era posible inspeccionar establecimientos, regular relaciones económicas, ofrecer asistencia sanitaria y exigir determinadas obligaciones a sus responsables.
La cuestión no es presentar la prostitución regulada como una actividad ideal, sino reconocer que permite utilizar herramientas de protección laboral y administrativa que no funcionan de igual manera bajo la prohibición de su mercado.
5. La evidencia científica sobre criminalización y seguridad
La revisión sistemática de Platt y colaboradores, publicada en PLOS Medicine en 2018, examinó 134 estudios sobre prostitución, legislación, prácticas policiales, salud y violencia. Los investigadores encontraron asociaciones entre las prácticas policiales represivas y una mayor exposición a riesgos sanitarios y violencia.
También identificaron mecanismos recurrentes: desplazamiento hacia lugares menos seguros, dificultades para negociar con clientes, temor a denunciar agresiones y obstáculos para utilizar servicios sanitarios.
No todos los estudios examinaban exclusivamente la penalización de clientes ni comparaban directamente los sistemas alemán y sueco. Por tanto, sus resultados no deben presentarse como un experimento que demuestra la superioridad global de un modelo legislativo.
Pero sí proporcionan evidencia amplia de algo importante: determinadas formas de represión de la prostitución pueden agravar precisamente los riesgos que las políticas públicas deberían reducir.
6. ¿Qué aporta realmente una regulación laboral?
Para valorar una legislación desde el interés de quienes ejercen prostitución, considero fundamentales las siguientes garantías:
Seguridad personal. Establecimientos sujetos a inspecciones, protocolos contra agresiones, posibilidad de trabajar en condiciones seguras y acceso a protección policial sin temor a consecuencias negativas por ejercer.
Protección sanitaria. Acceso a servicios médicos, prevención de infecciones de transmisión sexual, información sanitaria y derecho absoluto a rechazar prácticas que comprometan la salud.
Derechos laborales. Contratos cuando exista relación laboral, jornadas y descansos regulados, transparencia en las tarifas, prevención de riesgos laborales y mecanismos para reclamar frente a empresarios abusivos.
Protección social. Cotización a la Seguridad Social, prestaciones por enfermedad, incapacidad, maternidad, desempleo cuando corresponda y futura jubilación.
Libertad sindical. Derecho a organizarse colectivamente, asociarse y defender intereses laborales sin depender de la voluntad de los empresarios.
Autonomía sexual. Ningún contrato puede obligar a aceptar clientes ni prácticas sexuales. El consentimiento debe poder retirarse siempre.
Libertad de abandonar la actividad. Recursos de formación, inserción laboral, vivienda y apoyo económico para quien desee dejarla.
Estas garantías no se consiguen automáticamente mediante la legalización. Requieren una regulación efectiva, inspecciones independientes y mecanismos de cumplimiento. Pero constituyen objetivos verificables mediante indicadores concretos: afiliación a la Seguridad Social, acceso real a prestaciones, denuncias resueltas, inspecciones, agresiones sufridas, autonomía y capacidad para rechazar clientes.
7. ¿Qué modelo protege mejor a quienes siguen ejerciendo?
La investigación revisada ofrece un contraste relevante.
En Alemania, la evaluación de 2025 encontró mejoras en las condiciones laborales de establecimientos autorizados y en el conocimiento de los derechos.
En Países Bajos, las investigaciones documentaron satisfacción laboral entre una mayoría de las personas encuestadas y la existencia de mecanismos de supervisión, aunque también persistían violencia y problemas de protección.
En Francia, una mayoría de las personas encuestadas declaró un deterioro económico después de la penalización de clientes y una proporción importante manifestó mayores riesgos y dificultades para negociar sus condiciones.
En Noruega, la reducción estimada del mercado no vino acompañada de una mejora demostrada de la seguridad de quienes continuaron ejerciendo.
Los estudios no constituyen una comparación experimental homogénea entre todos los países. Sin embargo, los resultados examinados proporcionan fundamentos empíricos para defender una regulación laboral exigente cuando el objetivo prioritario es mejorar las condiciones de quienes permanecen en la actividad.
8. La cuestión moral: ¿abolir una actividad o proteger a las personas?
No necesito considerar deseable la prostitución para defender que quienes la ejercen voluntariamente tengan los mismos derechos fundamentales que cualquier otro trabajador. Tampoco necesito negar la pobreza, la desigualdad, la violencia o la explotación que pueden rodearla. Pero considero que precisamente esas circunstancias hacen más necesario ofrecer protección jurídica, económica y social.
Pensemos en dos escenarios hipotéticos.
En el primero, una política abolicionista reduce la prostitución de 10.000 a 5.000 personas, pero las restantes trabajan en peores condiciones, con más dificultades para seleccionar clientes, sin reconocimiento laboral y con mayores obstáculos para defender sus derechos.
En el segundo, una regulación aumenta el número de personas que ejercen de 10.000 a 15.000, pero consigue que quienes lo hacen voluntariamente puedan trabajar en establecimientos supervisados, recibir protección sanitaria, cotizar, organizarse sindicalmente y reclamar frente a abusos.
Esos números son hipotéticos y no describen el resultado de ningún país concreto. Pero ilustran una diferencia fundamental entre dos objetivos políticos: reducir el tamaño de un mercado o mejorar las condiciones de las personas que participan en él.
Si la prioridad es la dignidad, la seguridad y la protección de quienes ejercen prostitución, no basta con celebrar que haya menos prostitutas. Hay que demostrar que las que continúan ejerciendo viven mejor.
Conclusión: por qué defiendo la regulación
A la vista de las investigaciones examinadas, considero más razonable defender una regulación laboral estricta que un modelo centrado principalmente en penalizar la demanda. No porque la regulación convierta la prostitución en una actividad exenta de riesgos, sino porque permite establecer mecanismos de protección que pueden mejorar efectivamente las condiciones de quienes la ejercen.
La evaluación alemana de 2025 demuestra que algunos de esos mecanismos han producido avances. Las investigaciones francesas, por su parte, documentan problemas importantes para numerosas personas que continuaron ejerciendo tras penalizar a los clientes. Por eso, mi posición no consiste en defender la prostitución como una actividad deseable, sino en defender los derechos de las personas que la ejercen.
Y considero que una legislación debería juzgarse, ante todo, por sus consecuencias sobre esas personas.
Porque la dignidad no consiste en conseguir que haya menos prostitutas en las estadísticas, sino en garantizar que ninguna de las que continúan ejerciendo quede privada de seguridad, derechos laborales, protección sanitaria o libertad para decidir sobre su propia vida.
Investigaciones y fuentes principales
KFN (2025). Evaluation of the Prostitute Protection Act. Instituto de Investigación Criminológica de Baja Sajonia.
https://kfn.de/wp-content/uploads/2025/08/250805_Evaluation-ProstSchG_Kurzversion_eng.pdfRegioplan/WODC (2014). Sekswerkers aan het woord. Estudio sobre las condiciones laborales de quienes ejercen prostitución en Países Bajos.
https://www.regioplan.nl/wp-content/uploads/data/file/rapporten-2013/13217-sekswerkers-aan-het-woord-Regioplan-apr15.pdfMédicos del Mundo (2018). Study on the Impact of the Law from 13 April 2016 Against the Prostitution System in France.
https://www.medecinsdumonde.org/app/uploads/2022/04/Web_EN_rapport-prostitution-finale-1.pdfPro Sentret (2012). Dangerous Liaisons: A Report on the Violence Women in Prostitution in Oslo Are Exposed To. Centro especializado de Oslo.
Platt y colaboradores (2018). Associations between sex work laws and sex workers' health: A systematic review and meta-analysis of quantitative and qualitative studies. PLOS Medicine.
https://doi.org/10.1371/journal.pmed.1002680WODC (2022). Revisión de las consecuencias de los distintos sistemas legislativos sobre prostitución. Ministerio de Justicia de Países Bajos.
https://www.wodc.nl/actueel/nieuws/2022/02/02/wat-zijn-de-effecten-van-de-verschillende-soorten-prostitutiebeleid
